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Alimentación saludable, ¿cumple su objetivo?

Por ComexPerú / Publicado en Febrero 13, 2017 / Semanario 879 - Hechos de Importancia

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la falta de una dieta saludable es una de las causas más comunes de las enfermedades crónicas[1], responsables del 68% de las muertes a nivel global; por lo tanto, fomentar una alimentación saludable se ha convertido en uno de los temas prioritarios, materia de regulación en las diversas políticas adoptadas por los países en los últimos años. Sin embargo, en algunos como el nuestro, en lugar de establecer medidas orientadas a la promoción, educación y una adecuada alimentación saludable, lo que se ha hecho es restringir, casi de manera arbitraria, el consumo de ciertos alimentos. Más aún, la Ley N.° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, carece del sustento técnico indispensable para la implementación de políticas que aseguren una adecuada elección en los hábitos alimenticios por parte de la población.

 

Como hemos señalado en reiteradas oportunidades, si bien compartimos el objetivo que busca la ley (una alimentación saludable para los peruanos), alertamos que las medidas que establece se alejan de obtener resultados óptimos. El Proyecto de Ley N.° 865/2016-CR, de la bancada de Peruanos por el Kambio, busca mitigar las distorsiones que la ley impone en el mercado de alimentos en general, así como corregir irregularidades que dificultan su adecuada implementación.

 

Ajustando las piezas

A través de una serie de modificaciones, el proyecto busca eliminar la ambigüedad en conceptos clave contemplados en la ley, en virtud de los cuales se establecen las medidas para cumplir con sus objetivos, entre ellos el concepto de “alimentación saludable”. Así, tal como se encuentra establecida actualmente en la ley, no se precisan, sobre la base de evidencia técnico-científica, los criterios por los que una alimentación resulta saludable o no. 

 

Esta iniciativa legislativa determina la calidad de la misma respecto de los nutrientes y la energía presentes en la dieta, independientemente de su origen, siempre que los mismos cumplan con su objetivo: mantener la salud y la calidad de vida de quienes los consumen. Más aún, el proyecto de ley dispone que dichos productos deberán cumplir todos los requisitos sanitarios exigidos para que dicha alimentación se considere como inocua.

 

Asimismo, busca incluir al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) en el ámbito de la regulación y el diseño de políticas públicas orientadas a la promoción de la alimentación saludable. Cabe destacar que, a través de los programas sociales, el Midis tiene una injerencia directa en los hábitos alimenticios de una gran parte de la población. Así, los criterios de selección y distribución de alimentos establecidos y seguidos por este ministerio en los programas sociales como Qali Warma, por ejemplo, se rigen por el contenido nutricional de los alimentos, sin que se discrimine a los productos por su condición de procesado o no.

 

Además, otro punto que el proyecto busca corregir es el referido a los parámetros técnicos de los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados referentes al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas. Esta iniciativa busca que el Ministerio de Salud elabore tales parámetros sobre la base de datos científicos recogidos por la experiencia internacional y nacional. Como señalamos en el Semanario N.° 866, los parámetros que se encuentran vigentes, y los que el proyecto de reglamento de la ley pretende reemplazar, no solo carecen de rigurosidad técnica y base científica, sino que además imponen restricciones a la distribución de determinados alimentos aunque estos cumplan con los estándares internacionales.

 

Finalmente, el proyecto busca que el consumidor final cuente con una mejor información a través del uso de tablas nutricionales estandarizadas, según el contenido de cada alimento. Esto contribuiría de manera más eficiente a lograr el objetivo de la ley, al brindar información precisa y relevante al consumidor, y seguiría las conclusiones del Consejo Europeo de Información Alimentaria[2], que señala que una de las mejores maneras para que el consumidor lea sobre la información de cada producto es a través de la presentación de información nutricional y de energía relevante en los paquetes.

 

Queda claro que las buenas intenciones en las leyes no bastan, y que se necesitan aclaraciones como las propuestas normativas incluidas en el proyecto de ley anteriormente descritas. Solo así la ley de alimentación saludable empezará a funcionar de manera correcta, sin entrampar el libre desenvolvimiento de los negocios ni restringir libertades.



[1] Los cuatro principales tipos son: enfermedades cardiovasculares (como ataques cardiacos e infartos), cánceres, enfermedades respiratorias crónicas (como enfermedad de obstrucción pulmonar y asma) y diabetes.

[2] Flabel: food labelling to advance better education for life. Brussels: European Food Information Council.

 

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