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Análisis de calidad regulatoria para todos
Por ComexPerú / Publicado en Noviembre 06, 2017 / Semanario 913 - Hechos de Importancia
Recientemente, la congresista Úrsula Letona presentó el Proyecto de Ley N.º 1998/2017-CR, que busca declarar de necesidad pública e interés nacional la implementación de una política integral y sostenible de mejora de la calidad regulatoria, así como de los procedimientos, trámites y servicios administrativos del Estado peruano y la creación del registro nacional integral en estas materias. Dicha iniciativa no solo resulta oportuna, sino que también es urgente si se tiene en cuenta la necesidad de mejorar la institucionalidad de nuestro aparato estatal.
De acuerdo con el Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés), el Perú ocupa el puesto 123 (de 137 países) en lo que a calidad de instituciones públicas se refiere. Más aún, ocupa el puesto 131 y 95 en los pilares de carga de regulación gubernamental y eficiencia del marco legal para cuestionar regulaciones, respectivamente, muy por debajo del desempeño de Chile, que ocupa los puestos 69 y 52; México, 120 y 94; y Colombia, 123 y 105, países con los que forma la Alianza del Pacífico. Por tanto, el análisis de calidad regulatoria (ACR) y la simplificación administrativa constituyen las bases de una urgente y profunda reforma del sistema de gobernanza pública en el Perú, sin la cual nuestro país estará condenado a una extenuante burocracia y a reglas de juego que, en vez de impulsar la actividad económica y el desarrollo, por el contrario, los retraen.
Cabe mencionar que con la promulgación del Decreto Legislativo N.º 1310, que obliga al Poder Ejecutivo a implementar un ACR para mejorar su calidad normativa, como parte del proceso de formulación de políticas públicas, se dio un primer paso hacia esta reforma; no obstante, su reglamentación dejó mucho que desear, al dejar de lado criterios esenciales en la metodología de análisis regulatorio: necesidad, proporcionalidad y mínima intervención.
Así, el manual que establece los criterios aplicables para la elaboración y evaluación del ACR reduce mayormente su ámbito de acción al análisis de las cargas administrativas que generan los procedimientos administrativos, como los costos (monetarios y en tiempo), lo que es tan solo una parte de un análisis más exhaustivo. Por el contrario, en la práctica internacional, aplicada, por ejemplo, por los países que conforman la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se incluyen los criterios anteriormente mencionados para lograr normas y regulaciones eficientes, vale decir, que cumplan con los objetivos trazados al menor costo posible y con efectos negativos mínimos.
De esta forma, un riguroso ACR parte de una precisa identificación del problema que se pretende resolver, incluyendo evidencia empírica de su naturaleza y magnitud, así como de sus causas, pues una incorrecta delimitación del mismo conllevará a proponer soluciones que no necesariamente son las más adecuadas. Un claro ejemplo de esto es la llamada Ley de Alimentación Saludable, carente de rigurosidad técnica, sustento científico y que genera distorsiones en determinados sectores de nuestra economía, sin atender los problemas principales de una parte importante de la población peruana, que son la desnutrición y la anemia infantil, o proponer alternativas que aseguren una política de educación en alimentación saludable. Por el contrario, se concentra en un reducido número de productos que se consumen.
Asimismo, bajo la metodología del ACR, una vez identificado el problema, se determina si la intervención gubernamental es necesaria o si la autorregulación es suficiente. De ser necesario, se deben identificar y cuantificar los costos y beneficios de la misma, y asegurar que la propuesta normativa respete rigurosamente la legalidad, esto es, asegurar que esté dentro del marco de la legalidad, sea consistente con los tratados internacionales y cumpla con los principios legales de certeza y proporcionalidad. Todo ello en un proceso abierto y transparente, que disponga de mecanismos de participación del público, y de un procedimiento de evaluación ex post.
Consideramos que la iniciativa planteada por la congresista Letona es una oportunidad para extender el ámbito de aplicación del ACR a la labor legislativa del Congreso. Solo de esta forma se podrá lograr una mejora en la calidad regulatoria en dicha institución, hoy muy cuestionada y que en reiteradas oportunidades pone en riesgo el desarrollo y correcto desenvolvimiento de la economía. Si bien el reglamento del Congreso señala que los proyectos de ley deben contener una exposición de motivos y un análisis costo-beneficio, en la práctica esto se ha traducido en un pobre “análisis” que se reduce a simplemente afirmar que “el presente proyecto no irroga gastos al erario nacional”.
Es momento de un cambio radical en la manera como nuestros congresistas presentan sus propuestas. Necesitamos normas de calidad y eficientes. El ACR debe darse en todos los niveles del Estado, tanto del Ejecutivo como del Legislativo, así como en el ámbito regional y local.
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