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AUMENTANDO LA RIGIDEZ DEL MERCADO LABORAL

Por ComexPerú / Publicado en Septiembre 14, 2018 / Semanario 953 - Actualidad

La rigidez del mercado laboral es uno de los principales problemas del país, pues la sobrerregulación dificulta la posibilidad de hacer negocios. Tanto es así que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decidió incluirlo como uno de los ocho ejes sobre los cuales debe trabajarse para mejorar la competitividad y productividad de nuestra economía. Pese a que el MEF busca fomentar un marco normativo que impulse el dinamismo del mercado laboral y la correspondencia entre la oferta y la demanda, resulta contradictorio que desde el Legislativo se impulsen iniciativas que atentan contra dichos puntos.

UNA SÍNTESIS DEL PROYECTO

El 24 de agosto de 2018, el congresista Hernando Cevallos, del Grupo Parlamentario Frente Amplio, presentó el proyecto de ley 3268/2018-CR, que busca derogar el artículo 1 del Decreto Supremo 013-2014-TR, el cual regula los aspectos sobre la figura de la “situación económica” que permite la terminación de la relación laboral por causas objetivas.

Actualmente, la norma señala que el empleador podrá hacer uso de la figura legal del cese colectivo de contratos de trabajo, luego de evidenciar un deterioro de los ingresos, entendido como tres trimestres consecutivos de resultados negativos en la utilidad operativa o una situación en la que mantener la comunidad laboral total de trabajadores implique pérdidas, lo que sería sustentado con un informe elaborado por una empresa auditora autorizada por la Contraloría General de la República. Es importante detallar que una definición concreta de situación económica hace viable la aplicación de la norma que permite el cese colectivo por motivos económicos, pues actúa como un marco de seguridad jurídica que otorga predictibilidad a las decisiones de la empresa y protege a los trabajadores de un posible abuso de poder del empleador.

ANALIZANDO LOS PRINCIPALES PROBLEMAS

En primer lugar, el proyecto asume, erróneamente, que es la legislación actual la que determina la permanencia de los trabajadores, cuando es el empleador quien, luego de realizar la correspondiente evaluación, decide si se acoge o no a esta figura. En otras palabras, la definición actual permite el uso del cese colectivo como herramienta, en caso las empresas lo crean conveniente, para poder mantenerse en operaciones, pues tener una utilidad operativa negativa por tres trimestres consecutivos es evidencia de que las actividades del negocio no vienen siendo rentables.

Además, el proyecto de ley señala que los criterios mencionados no toman en cuenta los derechos del trabajador, particularmente el derecho fundamental al trabajo; sin embargo, no propone una medida objetiva de la situación económica de la empresa, pues tan solo señala, de manera superficial, que existen factores que la legislación vigente no considera, como son las proyecciones del sector en el que opera la empresa o el desempeño de esta en el largo plazo. No obstante, dichos factores son inviables, pues son subjetivos, no buscan delimitar los resultados de la empresa en un contexto vigente y confunden el desempeño del sector con el de la empresa. Entonces, la derogatoria del artículo es una muestra clara de un pobre análisis de calidad regulatoria, pues ni se delimita el problema ni se provee una explicación económica adecuada que justifique la intervención del Estado, y tampoco se plantea una definición alternativa, concreta y objetiva que permita la aplicación de dicha figura.

Por otro lado, si prospera el proyecto del congresista Cevallos, se estaría elevando la rigidez de nuestro ya rígido mercado laboral. Esto tendría como consecuencia que los periodos de dificultad duren más tiempo, pues las compañías no cuentan con los mecanismos adecuados para adaptarse a su entorno. Cabe recordar que también se busca la sostenibilidad de la unidad productiva, pues es esta la que genera empleo. Por ello, se espera que el desempleo generado por el cese colectivo sea solo temporal. Este mecanismo busca que las empresas se estabilicen y realicen las modificaciones necesarias para salir del apremio. En consecuencia, una vez la situación se controle, las compañías buscarían recuperar su posición en el mercado, por lo que volverían a demandar trabajo.


La aparición de un proyecto con estas características deja dos cosas claras. Primero, es evidente la falta de un análisis de calidad regulatoria por parte de muchos legisladores. La propuesta del congresista Cevallos no delimita el problema, las alternativas ofrecidas generan una confusión mayor y presenta un análisis costo beneficio que carece de sustento técnico. Segundo, los esfuerzos legislativos deberían concentrarse en propuestas que incrementen la productividad del país; para ello, medidas que flexibilicen el mercado laboral para aumentar el empleo, los ingresos y la formalidad deberían ser el objetivo. Medidas como el régimen de promoción agrario han demostrado su éxito, ¡ese es el camino!

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