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BRASIL Y UN NUEVO CASO DE RESTRICCIÓN A LAS EXPORTACIONES PERUANAS

Por ComexPerú / Publicado en Junio 28, 2018 / Semanario 943 - Actualidad

En las últimas semanas, Brasil ha impuesto trabas a las importaciones provenientes de nuestro país, aduciendo una supuesta “competencia desleal”, la cual no ha podido demostrar y que evidencia únicamente el ánimo de anular toda competencia a una industria local que cuenta con importante ayuda y protección por parte de su Gobierno. Así, los exportadores peruanos sufren un acoso comercial, que requiere la intervención al más alto nivel para defender nuestras exportaciones y exigir el pleno cumplimiento de la normativa comercial internacional que el vecino país, reiteradamente, ha obviado para imponer barreras comerciales a importantes productos no tradicionales. En esta oportunidad, se trata de las películas de poliéster peruanas (PET) —principal producto no tradicional exportado a dicho país—, las cuales enfrentan una nueva investigación antidumping que no cumple con los estándares requeridos por la Organización Mundial del Comercio (OMC).

En los últimos años, las exportaciones peruanas de PET, usadas para el empaque en la industria alimentaria, han ganado terreno en el mercado brasileño. Según el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en 2017, estas sumaron unos US$ 27 millones, de las cuales un 30% fueron destinadas al mercado brasileño. Dicho resultado es producto de la competitividad que ha ganado la industria peruana gracias a inversiones en modernización que incrementaron su productividad y su capacidad para atender distintos mercados, así como a las preferencias arancelarias obtenidas por el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) Perú-Mercosur, bloque que incluye a Brasil.


Adicionalmente, un dato no menor, y que habría incidido en el aumento de las importaciones desde Perú, es la imposición de medidas antidumping y compensatorias contra 7 países: Emiratos Árabes Unidos, Turquía, México, China, Egipto, India y Tailandia, todas a pedido de la única empresa productora de PET en Brasil. Ahora, a pedido de la misma empresa, las autoridades brasileñas han puesto los ojos en las exportaciones peruanas, en busca de imponer, ilegalmente, derechos antidumping, pese a ya haberse acreditado que no aplica.

Si bien las medidas de defensa comercial son herramientas legítimas que los países pueden utilizar para contrarrestar comportamientos desleales en el comercio exterior, los procedimientos que se siguen para imponerlas deben respetar los acuerdos de la OMC. No obstante, en este caso, yendo en contra del Acuerdo Antidumping de la OMC (AA), Brasil inició una investigación antidumping sin los elementos que este exige: prueba de dumping, daño a la rama de producción nacional y relación causal entre las importaciones presuntamente objeto de dumping y el supuesto daño.

Para sostener un dumping, Brasil tomó como referencia los precios de nuestras exportaciones a Colombia de otros productos con mayor nivel de procesamiento y valor agregado (con material gráfico impreso) y que, por tanto, tienen un precio superior al de su mercado. Peor aún, la empresa que ha solicitado colocar medias antidumping no sufre daño alguno, ya que sus indicadores de ventas, producción, participación de mercado, empleo y salarios han ido en aumento. Incluso, en 2016, realizó un envío de remesas por más de US$ 10 millones a su casa matriz, cuando alegaba estar sufriendo daño por causa de las importaciones peruanas. ¿Qué clase de daño es ese?

Pero no es la primera vez que existen irregularidades en los procesos que Brasil ha abierto contra las exportaciones peruanas en materia antidumping. En menos de un año y medio, este sería el segundo caso iniciado a las exportaciones peruanas de PET y el cuarto contra las exportaciones de películas peruanas en general. El último concluyó en 2016, sin que Brasil pudiera acreditar dumping ni daño a su industria. En aquella oportunidad, el Perú cuestionó la calidad y la forma en que la autoridad brasileña condujo la investigación, muy alejada del AA; sin embargo, hoy Brasil vuelve a la carga. Incluso, pretende aplicar derechos antidumping provisionales mientras dure la investigación, a pesar de que, en el informe preliminar oficial, en el que se sugiere aplicar esta medida, se muestra un margen de dumping (producto de comparar productos distintos) considerablemente inferior al calculado en la investigación anterior en la que no se recomendó esta medida. Dicha decisión encarecería el producto peruano y perjudicaría así nuestras exportaciones hacia este mercado.

La puesta en marcha de las dos líneas de PET en Perú implicó una inversión de más de US$ 70 millones, que generó más de 150 empleos directos. ¿Esto es competencia “desleal”? Todo parece indicar que la autoridad brasileña buscaría otorgar una protección adicional a una empresa monopólica local, a través de un mal uso del antidumping y, de esta forma, contrarrestrar las preferencias arancelarias del ACE Perú-Mercosur.  

Es momento de defender nuestras exportaciones y exigir que Brasil cumpla la normativa de la OMC. Asimismo, esto debe hacemos recordar, una vez más, que tal como exigimos que se nos dé un trato justo y se apliquen procedimientos adecuados a nuestras exportaciones, lo mismo esperan nuestros socios comerciales de nosotros. Así, llamamos la atención sobre la reciente norma antielusiva aprobada por el Congreso, por la cual las desviaciones de comercio, como ha sucedido en Brasil por las medidas antidumping que ha impuesto, y que han favorecido a Perú de manera legítima, serían ilegales en nuestro país, lo que castigaría a los exportadores que no hacen dumping.


El comercio es de ida y vuelta. ¡Defendamos nuestras exportaciones, defendamos el libre comercio!

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