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¿CONTROL DE PRECIOS EN ÉPOCAS DE CRISIS?

Por ComexPerú / Publicado en Mayo 22, 2020 / Semanario 1026 - Hechos de Importancia

Una de las grandes virtudes de la libre competencia es que los precios son el resultado de la interacción entre la oferta y la demanda. Con ello, los agentes económicos ajustan sus decisiones de producción y consumo sin ninguna traba, lo que se conoce como la asignación eficiente de recursos. Y, como han demostrado la teoría y literatura empírica económica, gracias a este proceso se producen mejoras para la sociedad, en forma de menores precios y una mayor calidad y variedad de productos.  

 

Solo cuando se presenten distorsiones estructurales, las llamadas fallas de mercado, la libre competencia no genera dicho resultado. En esos casos, la regulación aparece como un mecanismo para intentar acercarse al ideal en términos de eficiencia. De esta manera, las políticas que buscan regular algún aspecto de un mercado solo pueden darse en el supuesto de que generen un resultado más eficiente al actual.  

 

Sin embargo, nuestro actual Congreso de la República, así como sectores del Ejecutivo, no parecen entender este principio. En los últimos días, se han presentado diversas iniciativas y proyectos de ley que buscan establecer precios máximos para ciertos bienes o servicios como medio para combatir el acaparamiento y la especulación, en especial durante un estado de emergencia, desastres naturales o eventos similares. Así, sin ningún tipo de criterio técnico ni evidencia rigurosa, se argumenta que se protegerá a los consumidores al prohibir y sancionar la venta por encima de los precios tope.  

  

Antes que nada, debemos señalar que el control de precios propuesto no es aplicable al ser inconstitucional[1]. Pero, inclusive dejando de lado su ilegalidad, existe una serie de motivos por los que esta propuesta no cumple con aumentar la eficiencia ni mucho menos garantiza el beneficio de los consumidores.   

 

En primer lugar, tenemos la distorsión típica que trae un control de precios: la aparición de mercados negros. Al colocar un precio por encima del cual se penaliza la venta, se generan incentivos para que quienes ofertan los productos en cuestión no participen en mercados oficiales. Esto genera una ineficiencia económica, puesto que se están retirando una cantidad de bienes que eran demandados por un grupo de consumidores, quienes se ven perjudicados al ya no poder adquirirlos. ¿Las consecuencias? Mayor escasez en los mercados y mayor concurrencia a estos para adquirir productos antes de que se agoten, imágenes que ya hemos visto durante esta pandemia y sabemos el terrible daño que ocasionan (sin mencionar la mayor afluencia a los mercados negros o informales mientras más dure el control de precios). 

 

En segundo lugar, pese a que varios de los proyectos hacen referencia a un problema de escasez en el presente estado de emergencia, ninguno repara en el hecho de que esta es la causa principal para el alza de precios. Por ejemplo, en el caso de los alimentos, en la tercera semana de marzo se experimentó una demanda notablemente mayor, lo cual, sumado a la incertidumbre de la cadena de abastecimiento en ese momento, ocasionó escasez y esto se reflejó en un aumento del 1.11% en su precio promedio, según el Banco Central de Reserva del Perú. Esta situación fue corregida inmediatamente después, al incrementarse los volúmenes y estabilizarse los precios, gracias a los esfuerzos del Ministerio de Agricultura y Riego y las empresas del sector, como menciona también la consultora y centro de investigación internacional Oxford Business Group. De esta manera, la variación de precios de los alimentos en abril fue tan solo del 0.03%. 

 

Evitar que los precios en cualquier mercado no sean elevados debe atacar el problema de abastecimiento, lo que involucra un análisis de la cadena logística, evaluar los mecanismos de transporte, estado y seguridad de la mercadería, la demanda mundial, etc. Por consiguiente, el control de precios es ineficiente, ya que no involucra nada de lo mencionado ni resuelve el problema de fondo.  

 

En tercer lugar, cualquier entidad que se vea involucrada en este control de precios deberá añadir dicha función a las que ya ejercen. Esto involucraría una mayor carga administrativa, tanto para la determinación de una lista de bienes y sus precios, como para la fiscalización. En particular, si se considera que la regulación propuesta evaluaría el precio de determinados productos o servicios, como los alimentos o medicinas (a diferencia de los sectores hoy regulados, donde este número es mucho más limitado), se debería considerar un elevado presupuesto, correspondiente a la necesidad de desarrollar metodologías objetivas que sustenten sus valores (con base en costos o márgenes estimados) y la contratación y entrenamiento de personal calificado, entre otros costos directos. Este gasto, injustificado por los motivos expuestos, se traduciría en ineficiencia y perjudicaría a los consumidores, pues estos recursos podrían utilizarse para fines realmente primordiales en el actual contexto.  

 

En resumen, la aplicación del control de precios sugerido por el Congreso de la República involucraría incurrir en distorsiones económicas que no resuelven el problema de fondo y que, además, son un derroche de recursos del Estado. Si se hubiese aplicado un serio y riguroso análisis de impacto regulatorio, que identificara correctamente la problemática, así como una evaluación de los costos, beneficios y oportunidades de todas las alternativas que podrían existir para enfrentarla, quienes formularon esta medida hubieran llegado a la misma conclusión. Lo que demuestra, una vez más, la urgencia de incorporar de una vez por todas este análisis en la elaboración de políticas en nuestro país.


[1] Nuestra Constitución establece un sistema de economía social de mercado en el cual la libre iniciativa privada, la libre empresa y la libertad de contratar, incluyendo el derecho a determinar precios libremente, están garantizados como principios y derechos fundamentales.

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