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Decretos legislativos: agua y saneamiento

Por ComexPerú / Publicado en Enero 16, 2017 / Semanario 875 - Hechos de Importancia

No obstante el desempeño de nuestra economía en los últimos años, la falta de infraestructura física y el déficit en la calidad de la actualmente existente continúan siendo temas desafiantes para nuestro país. Uno de los sectores en los que más se refleja esta carencia es en el de agua y saneamiento: de acuerdo con el Plan Nacional de Infraestructura 2016-2025, elaborado por la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (Afin) y la Universidad del Pacífico, la brecha en este sector asciende a US$ 12,252 millones, casi un 8% de la brecha de infraestructura total.

 

Si bien, en 2016, la inversión pública en agua y saneamiento representó un 11.6% de la inversión pública total (tercer sector prioritario, luego de los de transporte y educación), la cobertura de este servicio es del 86%, por debajo del promedio de América Latina (97%). Recordemos que la mejora y la ampliación en la cobertura de estos servicios constituyen la primera línea de acción política del Gobierno en su lucha contra la pobreza, debido a la incidencia que tienen en la salud y la calidad de vida de la población, así como en la productividad y el desempeño de la economía en su conjunto.

 

En las últimas semanas, este problema ha gozado de protagonismo entre la opinión pública como resultado de la publicación de los 112 decretos legislativos, cinco de los cuales se enfocan en la reestructuración y mejora de los servicios de agua y saneamiento. De acuerdo con el titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Edmer Trujillo, la delegación de facultades ayudará a tener un marco legal que permitirá trabajar con celeridad las dos líneas de trabajo anunciadas desde el inicio del gobierno: la ejecución de más obras y el fortalecimiento de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS).

 

Según el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), a la fecha, la administración y provisión del agua se encuentra en manos de las EPS (que son, en su mayoría, propiedad de municipios). De acuerdo con la literatura, este modelo de gestión ha demostrado ser deficiente e insostenible, principalmente por 3 razones: escala y alcance, solvencia económica e infraestructura inadecuada. En primer lugar, existen alrededor de 50 EPS que brindan servicios a solo el 63% de la población total, debido a que muchas son operadoras atomizadas sin alcance regional. En segundo lugar, existe una amplia diferencia entre el volumen producido y facturado; así, se calcula que un 36% es agua no facturada y que solo el 50% de estas empresas son rentables. Finalmente, la mayoría cuentan con infraestructura en malas condiciones, por lo que no son capaces de proveer servicios de calidad. Por ejemplo, el MVCS calcula que solo el 62% del desagüe captado por las EPS llega a plantas de tratamiento.

 

Para hacer frente a este problema, se ha promulgado la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (Decreto Legislativo N.° 1280), que promueve la integración de los prestadores de servicios de saneamiento (fusiones), la integración de sus operaciones y procesos, y prohíbe su desintegración. Asimismo, busca consolidar la independencia y autonomía empresarial de las prestadoras frente a los municipios, y fortalecer la transparencia y rendición de cuentas tanto de las EPS como de las entidades sectoriales. En pocas palabras, favorece la eficiencia, al priorizar el aprovechamiento de las economías de escala, la modernización de la gestión y la aplicación de tecnologías, lo que promueve, a su vez, la participación privada (mediante APP), no solo para optimizar la inversión, sino también para mejorar la gestión empresarial.

 

Por su parte, el Decreto Legislativo N.° 1284 establece la creación del Fondo de Inversión Agua Segura (FIAS), con el objetivo de financiar estudios de preinversión y proyectos de inversión, así como la reposición y el mantenimiento de activos de los prestadores de servicios de saneamiento. Asimismo, contempla entre sus fuentes de recursos a las AFP y otros inversionistas institucionales, estrategia recomendada por los potenciales efectos positivos para el Estado, las AFP y sus afiliados. Cabe resaltar que, para que estas inversiones sean atractivas para las carteras privadas, se requiere rentabilidad, por lo que existirían incentivos a una gestión más eficiente. Más aún, la instauración de este nuevo fondo, así como la del Régimen de Apoyo Transitorio deberían compensar las deficiencias presupuestales privadas del sector y fomentar la mejora de la infraestructura y la calidad del servicio.

 

La Ley de Presupuesto 2017 contempla alrededor de S/ 5,646 millones para agua y saneamiento, que serán destinados a los Gobiernos central, regionales y locales. Así, hasta el momento, el MVCS cuenta con un presupuesto institucional modificado (PIM) de cerca de S/ 4,566 millones, cifra ambiciosa frente al presupuesto de otros años. En efecto, el mismo fue de S/ 1,396 millones en 2015 y de S/ 863 millones en 2016, de los cuales se ejecutó solo un 64% y un 70.5%, respectivamente.

 

No se puede negar que el compromiso de la nueva administración con esta reforma es prometedor; sin embargo, habrá que esperar los resultados para determinar si estas nuevas propuestas son suficientes para cerrar la brecha en infraestructura y ampliar la cobertura de agua potable de calidad y alcantarillado, a través de empresas organizadas que provean el servicio de manera eficiente, sostenible y continua.

 

Las acciones para mejorar el sector agua y saneamiento deben seguir orientadas hacia tres ejes: i) simplificación de procesos y normativa que impacte en inversión, financiamiento y gestión para la agilización de inversión pública y privada; ii) eficiencia en la inversión y el gasto público; y iii) reestructuración, fortalecimiento y modernización de las EPS, para la mejora no solo en infraestructura sino en administración.

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