¿Esto no es lo que estabas buscando?

Vuelve a definir los parámetros de tu búsqueda.

Deducción de gastos en capacitación: una realidad estancada

Por ComexPerú / Publicado en Octubre 10, 2016 / Semanario 864 - Economía

Un 54.8% de nuestra población forma parte de la población económicamente activa (PEA) del país, una de las tasas de participación laboral más altas del mundo (puesto 17) e incluso mayor a la de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), según cifras del Banco Mundial. Es decir, una proporción mayor de personas posee empleo o se encuentra buscando uno activamente; sin embargo, algo que no compartimos con dichos países es nuestro nivel de productividad. Por ejemplo, según datos de The Conference Board, nuestra productividad laboral durante la década de 2004-2013 fue cinco veces menor que la de EE.UU.

 

Según el estudio realizado por Nikita Céspedes, Pablo Lavado y Nelson Ramírez, publicado por el Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico, entre los años 1980 y 2014, la economía peruana creció en promedio un 3.2%. De este, un 0.9% por el factor trabajo, un 1.9% por el factor capital y el restante 0.4% se debió a la productividad de los factores. Si quisiéramos llegar a ingresos per cápita similares a los de economías desarrolladas (US$ 30,000 en paridad de poder de compra), nuestra productividad tendría que crecer a una tasa del 3.2% anual, lo que supone un incremento histórico, pues no hemos superado ni un 2% de crecimiento en los dos últimos años, según cifras de The Conference Board.

 

Por ello, mejorar la productividad de nuestra fuerza laboral se vuelve imprescindible en un contexto de desaceleración económica y aspiración para ingresar a la OCDE, pues nos permitirá crecer a mayores tasas y lograr un desarrollo sostenible. En esa misma línea, en 2013 se promulgó la Ley N.º 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, que en su artículo 23 estableció medidas para impulsar la productividad laboral. Así, se establecieron dos incentivos tributarios: la deducción del impuesto a la renta (IR) de los gastos en innovación y desarrollo, así como en capacitación.

 

Tal iniciativa fue en la dirección de las recomendaciones de la academia y diversas entidades internacionales como el Banco Mundial. Si bien es un poco prematuro hablar acerca de su impacto sobre la formalización, a casi 3 años de su entrada en vigencia creemos que su diseño es cuestionable y su aplicabilidad sería muy limitada.

 

En primer lugar, el crédito tributario contra el IR por gastos en capacitación es solo aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme) que se encuentren en el régimen general. Y tal gasto no debe exceder un 1% de la planilla de trabajadores del ejercicio en el que estos se devenguen. Así, si consideramos una microempresa con 4 trabajadores que perciben la remuneración mínima tendríamos una planilla de S/ 47,600 anuales, por lo que solo se podrían deducir S/ 476 del IR en el año. Además, si lo que se busca es incrementar la productividad laboral, su alcance no debería ser limitado, pues las empresas de este tipo emplean a 7.7 millones de personas, lo que representa un 45% de la PEA a nivel nacional.

 

¿Por qué las empresas que facturan más de 2,300 unidades impositivas tributarias (UIT) deberían recibir un tratamiento distinto si contribuyen en mayor medida al PBI y pagan impuestos? Estas grandes empresas emplean a gran parte de peruanos, que tienen el mismo derecho a este beneficio. Si bien al momento de la aprobación de dicha ley se argumentó que la recaudación tributaria podría disminuir y afectar al fisco, el Gobierno actual está planteando medidas para evitar que eso suceda y se amplíe la base tributaria. En tal sentido, podría realizarse un estudio para evaluar el techo de la deducción de estos gastos aplicable también a las grandes empresas. 

 

En segundo lugar, este incentivo solo corresponde a las empresas que desarrollan actividades económicas comprendidas en la Sección D de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas, es decir, del sector manufactura. Por ello, su aplicación está más limitada aún, pues un 50.1% de las mipyme se concentran en el sector servicios, un 34.1% en el sector comercio y tan solo un 15.8% se dedica a la producción o extracción de un bien (16.3% formales y 15.3% informales), según la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) 2015. La capacitación en los demás sectores es relevante e incluso más intensiva en mano de obra, por lo que no se entiende el porqué de dicha limitación. Por ejemplo, en el sector servicios se requieren conocimientos de comercio electrónico, por ejemplo, que son claves para el incremento de la competitividad.

 

En tercer lugar, los programas de capacitación deben responder a una necesidad concreta y propiciar algún tipo de impacto en la generación de renta, lo que es coherente. Sin embargo, tales actividades deben estar comprendidas en una lista emitida por el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo. A la fecha, solo comprenden los sectores de alimentos y bebidas, textil y confecciones, madera y muebles y metalmecánico, lo que es contraproducente dados los giros de negocio principales de la mipyme (servicios y comercio).

 

La deducción del IR por gastos en capacitación va en la dirección correcta; sin embargo, tal como sucede en otros casos, la ley está mal formulada porque no obedece a criterios técnicos y genera trabas para su aplicación. Tal como decía Paul Krugman: “la productividad no lo es todo, pero lo es casi todo en el largo plazo”. ¡No nos quedemos en buenas intenciones!

logo icono

ComexPerú

ComexPerú es el gremio privado que agrupa a las principales empresas vinculadas al Comercio Exterior en el Perú.

comexperu.org.pe

ARTÍCULOS RECOMENDADOS

  • Economía
  • Competitividad
  • Gobierno

DÉFICIT FISCAL DE 2024 SUPERÓ LA REGLA FISCAL Y ALCANZÓ UN 3.6% DEL PBI

En 2024, el déficit fiscal fue de un 3.6% del PBI, cifra que supera la regla fiscal establecida para ese año en 0.8 puntos porcentuales (pp). La menor recaudación esperada y el mayor gasto público fueron las razones detrás de este resultado.

Por Comexperu / Febrero 07, 2025 / Semanario 1243 - Economía
  • Economía
  • Inversión
  • Gobierno

SECTOR SANEAMIENTO LIDERA LOS PROYECTOS EN ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS ESTE 2025

Las asociaciones público-privadas son un mecanismo para mejorar la eficiencia en la ejecución de proyectos con participación privada. ProInversión, promotor de estas asociaciones, proyecta adjudicar 28 proyectos por US$ 7,634 millones al cierre de 2025, con 13 ya programados. Fortalecer estos mecanismos es clave para cerrar brechas en sectores como saneamiento y salud.

Por Comexperu / Febrero 07, 2025 / Semanario 1243 - Actualidad
logo icono