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(DES)ACUMULACIÓN DE MEGAS

Por ComexPerú / Publicado en Marzo 16, 2018 / Semanario 929 - Actualidad

El pasado 6 de marzo, el congresista Daniel Salaverry presentó el proyecto de ley (PL) denominado “Ley de Acumulación Justa de Minutos y Megas”. Este propone que los usuarios de servicios de telefonía fija y móvil puedan acumular los minutos para llamadas, mensajes de texto y megas no usados en un determinado mes, de modo que puedan ser utilizados irrestrictamente en meses posteriores. A continuación, analizaremos dicha iniciativa legislativa, la cual consideramos carente de sustento técnico y legal, y cuya implementación posiblemente termine perjudicando al usuario de telefonía como consumidor final.

En primer lugar, la iniciativa propuesta implica importantes vulneraciones a nuestra Constitución, como los principios de libre comercio y libre competencia, pues la intervención estatal en este mercado no está justificada, ya que es competitivo. Asimismo, vulnera la libertad de empresa, al tratar de imponer un modelo de negocio distinto al que las operadoras consideran como óptimo. De igual manera, se afectaría la libertad de contratación, al pretender alterar los términos de contratos firmados de común acuerdo entre empresa y consumidor. Finalmente, viola el derecho de propiedad reconocido en el artículo 70 de la Constitución, pues se dispone que el usuario pueda dar un uso indefinido a la propiedad privada de la empresa (su red de telecomunicaciones).

Así, en un mercado como este, con una competencia latente que hace que las operadoras ofrezcan cada vez mejores planes a menor costo, y cuyo funcionamiento privado no genera costos para la sociedad, la intervención estatal resulta, cuando menos, populista e injustificable desde el punto de vista legal. Si el Legislativo busca que el usuario final de telefonía e internet se beneficie, debe promover políticas para incrementar el grado de competencia en dicho mercado y no tratar de intervenir insensatamente en él, pues la dinámica competitiva demuestra que funciona adecuadamente.

En segundo lugar, el Perú tiene como objetivo adherirse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); sin embargo, este PL no toma en cuenta ninguna de las recomendaciones de esta organización internacional sobre el impacto regulatorio y el análisis de la calidad regulatoria. El “análisis” costo-beneficio elaborado en el PL solo afirma que la propuesta no genera costos monetarios al tesoro público y que los usuarios se beneficiarán por un “mejor servicio”, un análisis muy pobre que no justifica la distorsión regulatoria que generaría.

En tercer lugar, la provisión de datos móviles sigue una lógica económica: se otorga al usuario una determinada capacidad de uso de red por un periodo específico (normalmente un mes) a cambio de un cargo fijo mensual. El usuario tiene derecho a usar, generalmente por 30 días, una parte de la red de la empresa proveedora, parte que depende del plan contratado. Este modelo es similar a lo que ocurre cuando una persona reserva una habitación de hotel por un determinado número de noches: la persona tiene derecho al uso de la habitación solo por las noches contratadas.

Así, lo que el PL propone es que el derecho de uso mensual que la empresa proveedora otorgó al cliente, de común acuerdo, a cambio de un cargo fijo mensual, se vuelva indefinido. En el ejemplo planteado, esto implicaría que, si el cliente solo pasa una noche en el hotel, podría exigir recuperar las noches no usadas posteriormente, cuando es probable que las habitaciones no estén disponibles.

El problema anterior se agrava si se considera que las redes de telecomunicaciones tienen una capacidad limitada de navegación, pues las empresas ofrecen sus paquetes garantizando que no se sobrepase esta capacidad y el PL habilitaría la posibilidad de que se exceda dicho límite. Por ejemplo, si existiera un solo consumidor y una capacidad de red de 100 megas, de los cuales se ofrecen 80 al consumidor, podría darse el caso de que en el primer mes de facturación el usuario consuma solo 50 megas. De este modo, para el segundo mes, podría consumir los 80 megas de su plan y los 30 que le sobraron del primer mes, un total de 110 megas, lo que sobrepasaría la capacidad de la red.

El hecho de que se exceda esta capacidad haría que se perjudique la calidad del servicio, el cual se volvería más lento, y las operadoras se verían obligadas a destinar recursos para aumentar esta capacidad, lo que acarrearía costos que finalmente serían trasladados al usuario final en sus recibos. Así, el principal afectado por esta medida sería el propio consumidor, pues pagaría un mayor monto por un servicio de menor calidad.

En cuarto lugar, la propia entidad reguladora, Osiptel, reconoce que el mercado de internet móvil es altamente competitivo, lo que, como se sabe, se traduce en mayores beneficios al usuario final por la dinámica de la competencia entre proveedoras. Así, para atraer clientes, las operadoras aumentan periódicamente el monto de datos de cada plan ofrecido, es decir, por una misma tarifa, los usuarios reciben cada vez más datos móviles. Esto incentiva la demanda de datos móviles y hace que el conjunto de operadoras tenga cada vez más usuarios.

La aprobación de este PL originaría que las empresas de telefonía móvil no tengan la capacidad de seguir ofreciendo estos aumentos de megas, pues tendrían que provisionar los saldos no consumidos para los siguientes periodos, lo que implicaría costos significativos. Asimismo, las compañías pasarían a ofrecer paquetes con menos megas, además de un estancamiento en el crecimiento de los planes con megas ilimitados.

Por todo lo anterior, el PL propuesto por el congresista Salaverry no tiene sentido económico y pretende que se regule un mercado competitivo. La intención de favorecer al consumidor final, a través de la acumulación de megas, minutos y demás, solo terminaría perjudicándolo, pues este se vería forzado a pagar más por un peor servicio. Esta clase de iniciativas intervencionistas y populistas solo entorpecen la dinámica competitiva del mercado de telecomunicaciones, al entrometerse en asuntos que no constituyen un problema real desde ningún punto de vista.


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