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Eliminemos las fronteras a la inversión
Por ComexPerú / Publicado en Agosto 15, 2016 / Semanario 856 - Economía
La evidencia económica nos muestra que la inversión privada es el motor
de crecimiento y desarrollo de nuestro país. Según cifras del Ministerio de
Economía y Finanzas, representa más de un 20% del PBI, con lo que contribuye a
generar infraestructura, aprovechar oportunidades de negocio, mejorar la
competitividad de las industrias y brindar a la población bienes y servicios
necesarios para satisfacer sus necesidades. Sin embargo, aún existen barreras
innecesarias a la inversión que se deben eliminar, sobre todo en zonas con
rezago industrial o con poca intervención privada.
Desde el año 2007, el Perú mantiene niveles de inversión pública y
privada mayores a un 25% del PBI, según cifras del Banco Central de Reserva del
Perú (BCRP), siendo la inversión privada la que predomina con una participación
anual promedio del 20.5%. De esta manera, el porcentaje de inversión total
sobre el PBI peruano fue el mayor dentro de la Alianza del Pacífico (AP) en
2015 con un 26%, superando a Chile (22.5%), México (22.8%) y Colombia (25.9%),
según cifras del Fondo Monetario Internacional. De la misma manera, el saldo de
la inversión extranjera directa (IED) en el Perú ha mantenido un crecimiento
anual sostenido del 3% desde 2011, según datos de la Agencia de Promoción de la
Inversión Privada (ProInversión).
Dado el crecimiento económico que el Perú ha mantenido durante más de
una década y la gran preocupación por parte de los gobernantes de incentivar y
promover la inversión privada en el país, resulta incoherente pensar que
existan trabas a la inversión en nuestros días; sin embargo, nuestra
Constitución aún mantiene disposiciones que son barreras inexplicables, que generan
desigualdad en condiciones de inversión y menor competitividad regional, y
limitan el progreso del país.
Nos referimos puntualmente al artículo 71 de la Constitución, que
restringe explícitamente la inversión extranjera cerca de las líneas de
frontera. A pesar de que dicho artículo afirma la igualdad de condiciones para
inversionistas nacionales y extranjeros, menciona que dentro de 50 kilómetros
de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por título
alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía,
directa o indirectamente, bajo pena de ser expropiado por el Estado, salvo en
casos de necesidad pública declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo
de Ministros.
Tumbes y Tacna,
inversiones atadas
Tumbes y Tacna, cuyas capitales están ubicadas a 22.5 km y 30 km de las
respectivas fronteras, concentran su actividad económica principalmente en los
sectores de comercio (17.9% y 11.4% del PBI departamental, respectivamente) y
servicios (25.5% y 23.8%, respectivamente), según datos del Instituto Nacional
de Estadística e Informática (INEI). Sin embargo, ambos departamentos se ubican
en el puesto 22 y 15, respectivamente, en cuanto a recaudación tributaria por
concepto de IGV. A partir de ello, se infiere que las condiciones impuestas por
el artículo 71 de la Constitución han restringido el desarrollo económico de
ambos departamentos y contribuido a mantener altos niveles de informalidad y a
la proliferación del mercado negro y el comercio por contrabando. Según la
Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) 2015, de las 64,767 micro y pequeñas
empresas (Mype) de Tacna, el 93% son informales, mientras que de las 75,999
Mype en Tumbes, el 75.5% lo son; cifras alarmantes ante el peligro latente de
actividades ilegales en dichas zonas, como el tráfico de drogas, de armas,
entre otras.
Según ProInversión, Chile y Colombia, miembros de la AP, son dos de los
principales países de origen de las inversiones en el Perú, al concentrar casi
un 15% de la IED en 2015 y, debido al límite con nuestro país, la mayor parte
de la cartera de proyectos paralizados en estas zonas proviene de estas dos
economías. Asimismo, Chile es el principal país de origen de las inversiones
destinadas al sector comercio, al contar con un saldo de US$ 143.2 millones a
2015. Por lo anterior, resulta perjudicial para nuestra economía y nuestras
relaciones bilaterales mantener estas barreras a las inversiones por razones
proteccionistas y de “seguridad nacional”.
Ante
esta evidencia, es necesaria una revisión del artículo 71 con miras a promover
la inversión en estos departamentos, rezagados del progreso y restringidos en
temas de competitividad; además, con ello se espera reducir la informalidad
característica de estas zonas, generar empleo en actividades formales, mejorar
la infraestructura industrial y de servicios, y reducir los niveles de pobreza.
Si bien surgió para “proteger la soberanía nacional”, esta norma resulta ser un
rezago del modelo estatista que atenta contra el libre mercado y la apertura a
la inversión extranjera. La modernización del Estado debe ir de la mano con una
adaptación constante de la normativa en general para promover el progreso del
país.
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