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ESTUDIO DE TIEMPOS DE DESPACHO PERÚ 2023: ¿QUÉ SOLUCIONES SE HAN PLANTEADO PARA OPTIMIZAR LOS TIEMPOS EN EL DESPACHO DE IMPORTACIÓN?

Por ComexPerú / Publicado en Noviembre 10, 2023 / Semanario 1186 - Actualidad

Los cambios constantes, el avance de las tecnologías de información y la búsqueda de eficiencia en el flujo operativo de ingreso y salida de mercancías de un país sitúan a la optimización de tiempos como un aspecto fundamental en el comercio internacional. Por ello, desde la década de 1990, la comunidad aduanera internacional empezó a mostrar un creciente interés en estimar el tiempo necesario para el despacho de mercancías. En 1994, la Organización Mundial de Aduanas (OMA) adoptó el Manual del Estudio del Tiempo Requerido para el Levante de las Mercancías, el cual buscaba proporcionar orientación a las administraciones aduaneras interesadas en implementar un Estudio de Tiempos de Despacho (ETD), que tiene múltiples beneficios, como mejorar la transparencia y la previsibilidad en el proceso de despacho de mercancías, identificar cuellos de botella y proponer soluciones, reducir costos, entre otros. 

A nivel nacional, siguiendo la premisa de optimización de tiempos, la Sunat empezó a estimar y publicar los tiempos de despacho en el régimen de importación para el consumo desde 2014. No obstante, fue recién en 2017 que se llevó a cabo el primer ETD del régimen de importación para el consumo por vía marítima, como parte de la asistencia técnica brindada por la OMA a requerimiento del Perú. 


En el presente año, la Sunat llevó nuevamente a cabo un ETD, realizado en cooperación con el Programa Global para la Facilitación del Comercio de la Cooperación Suiza (SECO) y la OMA. El informe final del ETD Perú 2023, presentado oficialmente el pasado 30 de octubre, evaluó el tiempo promedio desde la llegada de la nave hasta el retiro de la mercancía, centrándose en el régimen de importación para el consumo bajo la modalidad de despacho anticipado declarado por las Aduanas Marítima y Aérea del Callao. El análisis se dividió en dos fases: la primera, desde la llegada de la nave hasta el levante aduanero (fase I), y la segunda, desde el levante hasta el retiro de las mercancías (fase II), ambas con información recopilada entre el 21 y el 27 de junio de 2023. 

En el ámbito marítimo, se observó que el tiempo promedio en la fase I fue de 57 horas, mientras que en la fase II alcanzó las 110 horas, lo que resultó en un promedio total de más de 167 horas desde la llegada de la nave hasta el retiro de la mercancía. Para las DAM[1] con punto de llegada a un depósito temporal, el tiempo promedio fue de 69 horas en la fase I y 123 horas en la fase II. Sin embargo, en el caso de las DAM con punto de llegada a un terminal portuario (TP), el tiempo promedio en la fase I fue de aproximadamente 7 horas, mientras que la fase II registró 52 horas, lo que refleja una notable reducción cuando la carga se traslada directamente al local del importador desde un TP. 

En el ámbito aéreo, el tiempo promedio en la fase I alcanzó las 32 horas, mientras que en la fase II se redujo a 26 horas, lo que da un promedio total superior a 58 horas. Para las DAM con punto de llegada a un depósito temporal (Talma, Shohin o SAASA), el tiempo promedio fue de aproximadamente 30 horas en ambas fases. En contraste, para el depósito temporal de empresas de entrega rápida (EER), el tiempo promedio en la fase I fue de 38 horas, mientras que la fase II apenas registró un promedio de 14 horas. 

Al analizar las razones detrás de los largos tiempos en la fase II, especialmente en el ámbito marítimo, el ETD identificó dos obstáculos principales: i) el tiempo promedio de liberación del documento de transporte después del levante de la DAM, y ii) las inspecciones llevadas a cabo por entidades gubernamentales para mercancías restringidas. Respecto del primer punto, en la vía marítima se registró un promedio de 57.7 horas, mientras que en el ámbito aéreo el tiempo promedio bordeó las 19.8 horas. Este resultado se debería al uso de diferentes herramientas y sistemas en la gestión del visto bueno, así como la operatividad propia que maneja cada transportista o su representante, lo que imposibilita la estandarización de procesos. 

Con respecto a las inspecciones realizadas por autoridades competentes, en el ámbito marítimo, las DAM asignadas a canal verde, es decir, no sujetas a revisión documentaria ni inspección física, registraron un tiempo elevado de 113.4 horas. De acuerdo con el ETD, esto sería causado por la demora en la atención del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (Senasa), puesto que solo el Aeropuerto del Callao cuenta con personal 24 horas los 7 días de la semana. 

PLANES DE ACCIÓN

Para abordar la demora en la liberación de documentos de transporte, el ETD recomienda la implementación de un sistema unificado que agilice este proceso, así como la modificación del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1492, para hacer obligatorio el uso del Módulo de Intercambio de Información entre Operadores (MIIO)[2]. En cuanto a la demora en el retiro de las DAM que requieren inspección del Senasa poslevante, se sugiere una coordinación conjunta con el sector competente, especialmente en el ámbito marítimo, a fin de establecer un horario de atención extendido. 

Estas medidas tienen por finalidad disminuir los altos tiempos en la fase II, referentes al periodo comprendido desde el levante de la DAM hasta el retiro de las mercancías. No obstante, antes de contemplar cualquier modificación normativa, resulta fundamental optimizar los sistemas y servicios de consulta web existentes; además, es importante involucrar al sector privado a fin de detectar problemáticas recurrentes, así como evaluar el impacto de un potencial cambio regulatorio en el flujo operativo de la cadena de comercio exterior.


[1] Declaración Aduanera de Mercancía y unidad de medida del ETD.

[2] El MIIO es una herramienta creada en el marco del Decreto Legislativo N.° 1492. Este módulo, desarrollado para el ámbito marítimo, permite realizar, por medios electrónicos, el endose en procuración del conocimiento de embarque y la autorización comercial de entrega de la carga.

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