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Impacto de los regímenes laborales especiales

Por ComexPerú / Publicado en Marzo 27, 2017 / Semanario 885 - Economía

De acuerdo con cifras del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la creación de empleo se desaceleró drásticamente en los últimos cinco años. Así, mientras que en los periodos 2002-2006 y 2007-2011 se generaron en promedio 364,159 y 324,867 puestos de trabajo, respectivamente, en el periodo 2012-2016, solo fueron creados 177,955. Estos resultados responden, en parte, al desempeño de nuestra economía en los periodos señalados, en los que el PBI registró tasas de crecimiento promedio anual del 5.7%, 6.2% y 3.8%, respectivamente. No obstante, las medidas de política que se llevan a cabo internamente tienen igual o mayor incidencia en el mercado de trabajo, por lo que pueden contrarrestar o exacerbar los efectos de los shocks externos.

 

En lo que respecta a eficiencia en el mercado de trabajo, nuestro país ocupa el puesto 61 (de 138 economías) en el Índice de Competitividad Global (ICG), elaborado por el Foro Económico Mundial. Si bien somos el segundo país mejor ubicado en la región, solo por debajo de Chile (52), ocupamos el puesto quince entre los veintiún países del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés). Asimismo, en el pilar de flexibilidad, ocupamos el puesto 130 respecto de prácticas relacionadas a la contratación y despido, solo por encima de países como Ecuador (131), Argentina (133), Bolivia (136) y Venezuela (138), lo que repercute directamente en el dinamismo del sector trabajo, más aún en periodos de desaceleración económica. No obstante, la legislación laboral peruana vigente busca impulsar el desarrollo del mercado laboral bajo un marco de flexibilidad[1]. Paradójicamente, son las interpretaciones erróneas de la ley, ya sea del Poder Judicial o del Tribunal Constitucional, las que, en la práctica, impiden su aplicación a cabalidad. Esto explica los resultados del Perú en el ICG respecto del pilar laboral, y perjudica además el dinamismo en la generación de empleo en nuestro país.

 

Pese a lo anterior, existen propuestas de diversos grupos parlamentarios, e incluso de académicos supuestamente entendidos en la materia, que pretenden endurecer aún más las reglas de juego en el mercado laboral. Una de ellas, reavivada en los últimos meses, es la eliminación de los regímenes laborales especiales del sector agrario, del acuícola y el relacionado con las exportaciones no tradicionales, que han sido fundamentales para el desarrollo económico de nuestro país.

 

Lápiz y papel, por favor…

Los ya conocidos abanderados de estas iniciativas aducen violaciones a los derechos laborales de los trabajadores, y que ello se hace, además, a costa del tesoro público, debido a la reducción de la recaudación tributaria. Sin embargo, como en reiteradas ocasiones hemos señalado, estas no son más que excusas sin justificación técnica, que revelan un total desconocimiento de la normativa, pues estos regímenes laborales contemplan todos los derechos (CTS, gratificaciones, descanso vacacional, indemnización ante despido arbitrario), los cuales se incluyen en la remuneración diaria que recibe el trabajador (ver semanarios N.° 698, N.° 869 y N.° 877).

 

De igual forma, han sido fuente importante de empleos formales. Según el Ministerio de la Producción, solo en 2015, la acuicultura generó 102,000 empleos directos e indirectos, cifra que se incrementaría un 30% hacia 2021. Asimismo, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el empleo formal en el sector agrícola casi se duplicó entre los años 2005 y 2015, al pasar de 467,000 a 733,000 puestos de trabajo, es decir, creció a una tasa promedio anual del 4.6%. En este sector, los salarios de los trabajadores del sector formal —todos bajo el régimen agrario— fueron un 124% mayores a los de los informales, y crecieron un 2.4% promedio anual entre 2004 y 2015.

 

Más aún, gracias al crecimiento del sector y al impulso que recibió a través del régimen, la pobreza entre sus trabajadores cayó. Por ejemplo, la incidencia de la pobreza extrema entre los trabajadores del sector agropecuario de la costa (donde se lleva a cabo la mayor parte de la actividad agrícola moderna que emplea el régimen) pasó del 12% a solo el 0.5%, y la de la pobreza cayó del 57% al 20% en el periodo 2004-2015. Son estos los resultados que deben ponerse en la balanza con los cuestionados beneficios tributarios del sector y que, cabe señalar, vencen en 2021.

 

Por otro lado, entre 2005 y 2015, el régimen de promoción de exportaciones no tradicionales generó 2.8 millones de empleos. Tan solo en 2015, el número de contratos bajo este régimen ascendió a 241,364 (-0.1% respecto de 2014), de los cuales un 35% fueron contratos nuevos, según el MTPE. Cabe destacar que, ese año, las regiones que más se beneficiaron después de Lima Metropolitana, que concentró el 51% de los contratos, fueron Ica (16.9%), Piura (11.2%) y Lambayeque (8.9%).

 

Eliminar estos regímenes sin tener en cuenta sus resultados y la naturaleza de las actividades económicas sujetas a ellos (estrechamente relacionada con las estacionalidades), nos expone a mayores niveles de informalidad. Sin duda, sería atentar contra el desarrollo y el crecimiento que hemos logrado.



[1] La legislación peruana distingue entre despido arbitrario y nulo. Solo se podrá terminar la relación laboral por razones detalladas en el Decreto Supremo N.º 003-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, y no por factores como raza, sexo, religión, afiliación sindical, entre otras de esta índole.

 

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