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Manual de advertencias publicitarias: cero en eficiencia
Por ComexPerú / Publicado en Noviembre 20, 2017 / Semanario 915 - Actualidad
El pasado 17 de noviembre venció el plazo para formular observaciones o comentarios al proyecto del Manual de Advertencias Publicitarias (MAP) elaborado por el Ministerio de Salud (Minsa) en el marco de la Ley N.° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes (la Ley), cuya finalidad es establecer las especificaciones técnicas respecto de la publicidad en los empaques y medios de comunicación de los llamados alimentos procesados. Con esta herramienta se esperaría brindar información al consumidor sobre los alimentos que decide incorporar en su dieta. ¿Qué tan eficiente resulta?
Tal como se señala en la misma ley, su objetivo consiste en la promoción y protección de la salud pública, así como el desarrollo adecuado de las personas, estableciendo que, para lograrlo, se llevarán a cabo acciones de educación, fomento de la actividad física, implementación de kioscos saludables en colegios y supervisión de la publicidad e información de los alimentos y bebidas dirigidos a niños y adolescentes. No obstante, tanto la ley como su reglamento han dirigido casi todo su esfuerzo a este último aspecto; es decir, regular solo los alimentos procesados, pese a que estos representan menos del 10% del consumo de los peruanos, según cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) (ver Semanario N.° 897).
De esta forma, si bien esta norma y su reglamento abordan ciertas medidas para la educación y salud nutricional, el énfasis se puso en el diseño de los parámetros de ciertos nutrientes críticos (azúcar, sodio, grasas saturadas y grasas trans) y los mensajes de “advertencia” cuando un alimento los sobrepase, lo que constituye el punto crucial de su aplicación. Asimismo, excediendo el ámbito de la ley, que ya establecía los mensajes a mostrar en la publicidad de estos alimentos, el reglamento dispuso la elaboración del MAP, el cual sigue el modelo de la legislación chilena.
Así, lejos de establecer criterios que apunten a dar información nutricional relevante sobre los productos que el consumidor incluye en su dieta, el MAP opta por un esquema de “alertas” del tipo “alto en sodio/azúcar/grasas saturadas”, que dejan a la imaginación o, en todo caso, a criterio del consumidor, la elección de compra. Esto se aleja de las recomendaciones establecidas en el Codex Alimentarius —iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO)— y se opone abiertamente al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la medida que no cuenta con evidencia técnico-científica que la sustente. ¿Acaso esta alerta le dirá al consumidor por qué dicho producto no es saludable o en qué medida es mejor o peor que otro? Los criterios técnicos del MAP no solo resultan arbitrarios, sino que serían ineficientes para lograr el objetivo de asegurar una alimentación saludable, estrechamente relacionado con las políticas integrales de educación en la materia.
La experiencia chilena, que tiene un sistema de alertas muy similar al planteado por el Minsa, demuestra que la ley de etiquetado no generó cambios a nivel de hábitos saludables, pero sí afectó el consumo de ciertos productos por la restricción de su venta en ciertos canales de distribución (-3% en conjunto, considerando todos los canales de distribución, según Euromonitor). Así, el cambio se dio por el lado de la oferta, no por la demanda; más aún, Euromonitor señala que el consumo de alimentos envasados en Chile viene creciendo tanto en términos de volumen como de valor. Sin embargo, un aspecto positivo en el contexto de esta ley es el relacionado con la reformulación de ciertos productos y su reenfoque en publicidad para evitar los sellos frontales en el etiquetado. La pregunta es a qué costo y quien lo asumiría, muy probablemente el consumidor.
Pequeños avances
En este contexto, el 14 de noviembre último, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó un dictamen sobre distintas iniciativas legislativas que buscaban modificar la Ley. En líneas generales y después de consultar a expertos en neuromarketing, la comisión buscaría dar más información al consumidor, estableciendo que los alimentos procesados incluyan obligatoriamente una tabla nutricional con información de los nutrientes que contienen y el porcentaje de su aporte en base a los valores diarios de referencia. Dichas tablas se elaborarían en base a un estudio científico sobre el estado nutricional y de consumo de la población peruana encargado al INEI y al Minsa; y mientras este se elabore, las tablas deberán seguir las recomendaciones de la OMS y la FAO contenidas en el Codex Alimentarius. Sin duda, un mejor escenario que las advertencias del MAP.
Es momento de tomar decisiones a partir de información técnica y de implementar un análisis de calidad regulatoria en todos los niveles del Estado. La Ley de Alimentación Saludable así lo evidencia y su intención es buena, pero solo eso: su intención.
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