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¡MEDICAMENTOS LIBRES DE ARANCELES YA!

Por ComexPerú / Publicado en Febrero 16, 2018 / Semanario 925 - Actualidad

Con frecuencia, el debate sobre el acceso a medicamentos en países emergentes y en desarrollo, como el nuestro, pasa por alto un punto básico: los aranceles que se pagan por la importación de medicamentos, puesto que no hacen más que encarecerlos y ponerlos así fuera del alcance de muchas de las personas que más los necesitan. Al respecto, en las últimas semanas, en particular desde el Legislativo, se ha presentado una serie de iniciativas para reducir o controlar los precios de los medicamentos, sin hacer un análisis de calidad regulatoria. Así, se estaría justificando la necesidad de que el Estado intervenga en el mercado de medicamentos y fije precios, lo que atenta contra la competencia y el libre mercado, perjudicando a quienes pretende beneficiar.

Como se planteó en el semanario anterior (ver Semanario N.º 924), existen mecanismos alternativos que sí contribuirían a solucionar este problema y no perjudicarían el libre desenvolvimiento de los negocios. El primero es la compra corporativa de medicamentos genéricos a través de Perú Compras. El segundo es aumentar la difusión del observatorio peruano de productos farmacéuticos, lo que eliminaría la asimetría de información. Y el tercero, la adición de nuevos medicamentos a la lista de los exonerados del pago de aranceles e impuestos (ver Semanario N.º 841). A continuación, analizaremos esta última posibilidad.


Si bien existe la Ley N.º 27450, que exonera del pago de aranceles e impuestos a los medicamentos para el tratamiento oncológico y de VIH/sida, esta no sería suficiente, ya que se limita a una lista de, actualmente, 155 medicamentos relacionados con los tratamientos mencionados. Cabe resaltar que la ley dispone la actualización periódica de esta lista, lo que ha ocurrido en 2011 y 2016, mediante el Decreto Supremo N.º 007-2010-SA y el Decreto Supremo N.º 023-2016-SA, respectivamente. ¿Es que esta actualización no debiera ocurrir más frecuentemente? De otro lado, ¿por qué disponer una lista y no aplicar la exoneración al universo de medicamentos? ¿Es para no afectar a los que se producen en el país?

Alejándonos de la referida ley, en lo que respecta a las importaciones de medicamentos en general, en 2017, estas alcanzaron un valor de US$ 492 millones, según cifras de la Sunat. Por dicho monto importado se pagó un total de US$ 14 millones por concepto de aranceles. Si analizamos años anteriores, tenemos que en 2015 y 2016 se pagaron aranceles por US$ 17 millones y US$ 16 millones, respectivamente. Así, en los últimos tres años, se pagaron US$ 47 millones en total por concepto de aranceles a las importaciones de medicamentos.

Por otro lado, cabe mencionar que estos aranceles, en 2017, representaron un 3.2% de la recaudación total del Estado por dicho concepto. Asimismo, los aranceles que se pagaron por importar medicamentos apenas representaron un 0.05% del total de los ingresos tributarios. Entonces, si la “afectación” a la caja fiscal es menor, ¿qué sentido tiene mantener un arancel del 6% a las importaciones de medicamentos? Mientras menores sean los costos de importar medicamentos, menores serían los precios al consumidor. ¿No sería ideal que dichos montos se mantengan en los bolsillos de los consumidores o que permitan un mayor acceso a medicamentos con menores precios? Seguramente, los opositores a la apertura comercial sostendrán que no toda reducción arancelaria es trasladada al bolsillo de los consumidores; sin embargo, ello tendría que ser respaldado con un análisis después de la eliminación arancelaria en particular. Mientras tanto, resulta poco racional que productos destinados para atender la salud pública, como los medicamentos, mantengan una carga arancelaria.

En todo caso, de vuelta al listado de medicamentos para el tratamiento oncológico y de VIH/Sida, el Ejecutivo podría evaluar la forma en que actualiza el mismo o, mejor aún, determinar que todo aquel medicamento o insumo que acredite ante las autoridades competentes que sea para el tratamiento de tales enfermedades no estaría afecto al pago de aranceles y de impuesto general a las ventas (IGV). De esta manera, no se tendría que depender de la publicación de un decreto supremo. No obstante, la liberalización del pago de aranceles de todos los medicamentos en general aliviaría la carga tributaria directamente.

Esta eliminación seguiría el ejemplo establecido por los países desarrollados, cuando se creó la Organización Mundial del Comercio (OMC), hace dos décadas. Así, el Estado lograría ampliar la gama de medicamentos innovadores para combatir el cáncer y otras enfermedades de difícil y costoso tratamiento, y permitiría a los peruanos, en especial los más pobres, tener acceso a productos a menores costos, a través de la apertura comercial y la competencia. Tal como declaró la Organización Mundial de la Salud (OMS), “los Gobiernos deberían gravar las cosas que enferman a las personas, no las cosas que las sanan”. ¿Hay un plan de trabajo en el Legislativo sobre esto? ¿Para cuándo?

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