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PONIÉNDOLE CANDADOS AL MERCADO
Por ComexPerú / Publicado en Mayo 18, 2018 / Semanario 937 - Hechos de Importancia
![](https://www.comexperu.org.pe/upload/images/hechos-mercado-encadenado-180518-010834.jpg)
El pasado 17 de abril, un grupo de congresistas de la bancada “Nuevo Perú” presentó el proyecto de ley (PL) denominado “Ley de Reforma Constitucional: Ley que modifica el primer párrafo del artículo 61° de la Constitución Política del Perú sobre la libre competencia y las prácticas monopólicas en el mercado”. Este propone la prohibición de los monopolios, oligopolios, colusiones, entre otros, salvo contadas excepciones[1]. A continuación, analizaremos esta iniciativa legislativa, la cual consideramos carente de sustento técnico y cuya implementación perjudicaría a nuestra economía.
En primer lugar, es conveniente puntualizar que los esquemas en los que las empresas tienen cierto poder de mercado (es decir, los monopolios u oligopolios) no son malos per se. Así, estos no tienen que ser prohibidos, sino que, más bien, debe evitarse que impongan barreras a la entrada de nuevos competidores. Como es de conocimiento general, ya existe un organismo regulador del abuso de posiciones de poder (incluida la colusión y la imposición de barreras): el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Este organismo viene ejerciendo adecuadamente su función al sancionar las prácticas anticompetitivas en varios mercados, por ejemplo, en el de cemento[2] y el farmacéutico[3].
La exposición de motivos del PL comienza con una lista de mercados monopólicos u oligopólicos (por ejemplo, a su entender, el bancario, el de medios escritos, el de bebidas y gaseosas, entre otros), pero ignora si en cada caso el monopolio es resultado de la propia dinámica del mercado. En otras palabras, no considera el hecho de que un monopolio puede emerger producto de una dinámica competitiva inicial: solo permanecen en el mercado las empresas capaces de generar rentabilidad de largo plazo y las demás “mueren en el camino”. Así, imponer la competencia implicaría reducir la ineficiencia del mercado.
Asimismo, en los ejemplos que señalan, la justificación del proyecto ignora totalmente la competencia en la que incurren distintas marcas de una misma organización: por ejemplo, las diferentes bebidas gaseosas ofrecidas por la empresa líder del sector compiten entre sí, tal como ocurre en el caso de las cervezas. A pesar de que exista un grupo que posea varias marcas, no necesariamente existe un monopolio en el mercado al que accede el consumidor.
Por otro lado, hay que tener en cuenta también que, a diferencia de lo que expone el PL, no todo mercado no competitivo implica una pérdida de bienestar social ni la imposición de un precio demasiado alto. En primer lugar, hay que considerar que el monopolista (u oligopolista) enfrenta una restricción de demanda, es decir, no puede cobrar un precio demasiado alto porque los consumidores, en la gran mayoría de los casos planteados, podrían migrar a productos sustitutos.
Además, en el caso de los oligopolios, dado que la colusión está adecuadamente fiscalizada por el Indecopi, la mejor alternativa para cada firma es reducir sus costos a fin de captar una mayor cuota de mercado, así como diferenciarse de las otras firmas. ¿El resultado? Una mayor eficiencia en la provisión del bien o servicio, y un acceso a una mayor variedad de productos por parte del consumidor.
No está de más recordar el análisis propuesto por William Baumol en el estudio Contestable market and the theory of industry. Este indica que un mercado monopolista puede asemejarse bastante a una estructura de mercado competitivo, debido a que la empresa en situación de monopolio es amenazada por competidores potenciales, los cuales, al entrar en el mercado, podrían acabar con dicha situación. Para que esto no ocurra, la empresa monopolista no tendría más opción que ofrecer precios competitivos. Así, el mercado, según la teoría económica, es lo suficientemente capaz de autorregularse sin la necesidad de ser intervenido.
Por la misma razón, es totalmente falso afirmar, como lo hace el proyecto, que “la existencia de monopolios u oligopolios limita la innovación tecnológica”, pues este análisis asume que la posición monopólica está asegurada indefinidamente. Con el propósito de preservar su posición monopólica u oligopólica, las firmas aprovechan su tamaño y sus beneficios económicos para brindar innovación al mercado. ¿Acaso ignoran los señores congresistas que la economía, como toda ciencia social, es dinámica?
Por otro lado, el proyecto propone que las fusiones y adquisiciones sean reguladas ex ante, es decir, que el Estado dé su consentimiento a dichas fusiones antes de que estas sean válidas, aduciendo que generan concentración de mercado y, por ello, son “malas”.
La realidad, tal como lo analizamos en el Semanario N.º 923, es otra: el control ex post resulta mucho más eficiente en términos de recursos monetarios y humanos para el Estado. Incluso, de acuerdo con el Indecopi, a partir de experiencias internacionales, el 90% o el 95% de las fusiones se aprueban sin condicionamientos, entre el 5% y el 10% se aprueban con condicionamientos y solo entre el 1% y el 3% se desaprueban. Con una tasa tan baja, implementar un control ex ante acarrearía para el Gobierno un gasto innecesario de recursos.
Finalmente, no podemos dejar de mencionar que el análisis costo-beneficio del proyecto es deplorable, pues indica que este no representa costos monetarios adicionales al erario nacional (y, por lo tanto, no habría un costo de implementarlo) y que, además, contribuirá al beneficio económico del Perú. Ni lo uno ni lo otro es cierto, pues los costos no solo existen en una dimensión monetaria, sino que habría que considerar el descalabro que se generaría en nuestro sistema económico (en términos de reducción de eficiencia) de aprobarse el proyecto.
No tiene sentido justificar un proyecto de esta magnitud, con argumentos absurdos y carentes de tecnicismo y que traería devastadoras consecuencias económicas. Los monopolios presentes en el mercado suelen ser consecuencia de la dinámica competitiva, que lleva a que solo las firmas más eficientes sobrevivan. Así, un monopolio no necesariamente implica ineficiencia ni pérdida de bienestar, sino todo lo contrario.
Son recurrentes los intentos de la bancada de “Nuevo Perú” para implementar estos cambios en nuestra Constitución Política, los cuales solo ocasionarían el deterioro de nuestra economía y generarían un menor bienestar para todos, especialmente para los más vulnerables. Si la intención de esta bancada es brindar mayores oportunidades a la población, los cambios que se necesitan deben apuntar a fomentar mayores inversiones que empujen la economía y generen el crecimiento para asegurar su desarrollo y la reducción de la pobreza. Con iniciativas de este tipo, no se hace más que poner en riesgo todo lo ya avanzado.
[1] Están excluidos de la prohibición propuesta los esquemas de monopolio natural y aquellos en los que sea más eficiente la presencia de una sola empresa.
[2] http://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/0bcfb195-d600-4967-ba17-972c30917fc6
[3] http://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/2b1b5306-38bd-469a-a612-8e73ac903e1c
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