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Sobre esta base, se consolidaron y (9 de diciembre de 2019) y la Tabla de de cada caso en particular, que pasa
pusieron en vigor cambios importantes Sanciones. Dado que el nuevo marco por la valoración de la intencionalidad
al marco infraccional y sancionatorio de infracciones y sanciones aduaneras del infractor. Esto supone un cambio
que responden a un nuevo sistema entró en vigor, en su conjunto, el 1 drástico respecto del cuestionado
aduanero el cual busca, de un lado, de enero de 2020, en la práctica no sistema objetivo de atribución de
simplificar y automatizar procesos y, de ha existido el tiempo suficiente para responsabilidad que, en materia
otro, generar un más focalizado control conocer, entender e interiorizar a aduanera, imperaba en el pasado.
en las operaciones de comercio exterior, cabalidad el nuevo marco regulatorio.
a fin de dotar de seguridad a la cadena Si bien en la propia Tabla de Sanciones
logística internacional de mercancías. En este contexto, la Aduana (de manera han sido establecidos algunos
Todo esto en un contexto en el que bastante razonable) ha dispuesto la parámetros para atenuar o agravar la
se evaluará la gestión del desempeño no aplicación de algunas sanciones sanción (principalmente relacionados
de los operadores y se empezarán a por un plazo que, como regla general, con la oportunidad en la que el infractor
analizar los hechos y circunstancias se extiende hasta el 31 de marzo de subsana la infracción y paga la multa),
que derivaron en incumplimientos 2020. Entre ellas se encontraría la todavía quedan dudas sobre la forma
normativos (infracciones) para aplicar, multa prevista para la infracción de no en la que los actuales lineamientos
de manera más proporcional y sensata, destinar la mercancía a la modalidad de para la aplicación de sanciones
la sanción correspondiente. despacho anticipado en el régimen de serán implementados en la práctica.
importación para el consumo, cuando Esto es, si serán incorporados en el
NUEVA TABLA DE SANCIONES ello resulte obligatorio (infracción que nuevo sistema de gradualidad, serán
ADUANERAS no existía anteriormente). sopesados mediante acto resolutivo
Conforme al artículo 191 de la LGA, caso por caso o serán desarrollados
mediante la Tabla de Sanciones RÉGIMEN DE GRADUALIDAD Y mediante pronunciamientos que
debían ser establecidos parámetros APLICACIÓN DE SANCIONES (vía absolución de consultas) vaya
que definan la gravedad de la sanción, La demora a la que hemos hecho emitiendo la Intendencia Nacional
individualicen al infractor, especifiquen referencia se ha visto también reflejada Jurídica Aduanera.
los supuestos de infracción, fijen la en el hecho que, hasta la fecha de
cuantía de las sanciones y desarrollen elaboración del presente artículo, no NUEVO CONTEXTO PARA
las particularidades para su aplicación. se cuenta aún con un régimen de TODOS
gradualidad (reducción) de multas Lo que queda en claro es que estamos
Como vemos, y al margen de lo aplicable al nuevo marco sancionatorio. frente a un esquema infraccional y
cuestionable que pueda resultar el Esto no es un tema menor si tenemos sancionatorio en materia aduanera
hecho que sea el Ejecutivo quien en consideración que el 31 de diciembre totalmente diferente e innovador a partir
termine “complementando” los de 2019 quedaron sin efecto los del cual resultarán, ahora sí, plena y
alcances de la tipología de la infracción, mecanismos de reducción de multas completamente aplicables los principios
el hecho concreto es que recién a previstos bajo la normativa anterior, lo sancionatorios establecidos en la
partir de la publicación de la Tabla cual implica que, a partir del 1 de enero Ley del Procedimiento Administrativo
de Sanciones (el 31 de diciembre de de 2020, aquellas sanciones que sean General (razonabilidad, causalidad,
2019) se pudo conocer con claridad, impuestas por la Aduana deban ser culpabilidad).
por ejemplo, qué operador resultaba pagadas al 100%.
infractor de qué infracción en particular; Al respecto, cabe puntualizar que, en
ello debido a que, en función a los Asimismo, aún queda pendiente por un contexto de cambio de esquema
cambios introducidos a nivel de la LGA, conocer la forma en la que la Aduana, de infracciones y sanciones, siempre
las infracciones quedaron tipificadas a a fin de fijar la cuantía de la respectiva resultará necesario evaluar cuáles
partir de los “grupos de operadores” y sanción, aplicará los lineamientos para conductas que antes eran infracciones
no de “operador por operador”, como atenuar o agravar la responsabilidad ahora ya no lo son y cuáles de las
era antes. del infractor (artículo 194 de la LGA que continúan siéndolo ahora tienen
en concordancia con el artículo 248 sanciones menos gravosas. Ello con
En todo este proceso se generó una del reglamento), máxime si ahora ha la finalidad de invocar la aplicación del
demora en la publicación de las normas quedado instaurado un mecanismo de principio de retroactividad benigna en
modificatorias al reglamento de la LGA análisis subjetivo de las circunstancias materia sancionatoria.