Page 41 - Negocios Internacionales
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realizar novedades en la operatividad y      puede operar en el mercado, lo que           aduanera y se impone un sistema
adaptar las normas internas a los prin-      contraviene los pilares de libre mercado.    subjetivo en materia de sanciones. Es
cipios fijados por el Acuerdo de Facili-     Esa categorización está sujeta a una         decir, una vez que la acción del operador
tación de Comercio (AFC) de la Orga-         medición de calidad del servicio prestado    se encuentre tipificada en la infracción,
nización Mundial del Comercio (OMC).         que puede ser bastante arbitrario y tiene    se asume su culpa inmediatamente.
Lamentablemente, ese objetivo se ve          como base reclamos registrados, pero         Solo a partir de allí, de un análisis de los
sumamente opacado por la deficiente          no los fundamentados o con sentencia         hechos y circunstancias que originaron
praxis legislativa utilizada y por los pro-  firme.Asimismo, para dicha medición, se      la infracción, se determinará si la sanción
blemas sistemáticos que revisaremos a        contabilizan los niveles de rectificaciones  es menor o mayor.
continuación:                                de los documentos aduaneros sin tener
                                             en cuenta las circunstancias de estas        Este sistema no genera mayor certeza
SOBRERREGULACIÓN EN LOS                      acciones.                                    que el anterior (que incluía un régimen
OPERADORES DE COMERCIO                                                                    de incentivos que ha sido derogado) ni
EXTERIOR                                     DESPACHO ANTICIPADO                          está acorde con el AFC. Primero, porque
Consiste en autorizarlos en función          OBLIGATORIO ILEGAL E                         el mismo AFC señala no solo que la
a nuevos requisitos obligatorios y           INCONVENIENTE                                sanción aduanera impuesta dependerá
evaluarlos asignándoles categorías.          Se confirma la obligatoriedad del            de los hechos y las circunstancias del
Para ello, se han añadido requisitos a       despacho anticipado para el régimen          caso (inciso 3.3 del artículo 6.3), sino
los que ya estaban establecidos con          de importación para el consumo. Más          que las sanciones por la infracción se
la finalidad de que cada operador se         allá de la legalidad de la medida, si la     deben imponer únicamente a la persona
encuentre bajo total control aduanero,       misma vulnerase de manera flagrante la       o personas responsables (inciso 3.2 del
para asegurar la cadena logística.           Decisión 671 de la Comunidad Andina2,        artículo 6.3).
                                             es obtuso pensar que una imposición
Por otro lado, los operadores serán          legal pueda cambiar un asunto de índole      Además, transgrede el AFC porque la
ubicados en tres categorías (A, B            comercial, sobre la cual los dueños o        forma como se ha redactado el sistema
y C), las cuales se van a definir en         consignatarios puedan tener siempre          infraccional vulnera el principio de
función del nivel de cumplimiento de         la información o documentación previo        tipicidad, al no describir completamente
la normativa aduanera, la calidad del        arribo de la mercancía.                      y sin ambigüedades la conducta que se
servicio prestado y otros factores. Las                                                   considera antijurídica. La agrupación
primeras categorías tendrán beneficios       Nuevamente, la imposición regulatoria        de las infracciones, según los nuevos
con respecto a garantías e infracciones,     inclina su balanza, que no va por una        actores regulados, genera que no
entre otros. A los que se encuentren en      opción de recompensas para su uso, sin       exista correlato entre las obligaciones
la Categoría C no se les renovará la         intervención estatal. Lo curioso es que,     específicas de cada operador y las
autorización como operadores.                hasta la fecha, no se sabe qué pasará en     infracciones impuestas. Simplificación
                                             los casos en los que no se pueda obtener     regulatoria no significa reducir el número
El nuevo planteamiento de requisitos         la información previo arribo, en los que     de artículos a una ley, sino clarificar los
para los operadores no pasaría la            seguramente aplicará el despacho             conceptos jurídicos para eliminar los
metodología de análisis de calidad           diferido con sanciones.                      obstáculos ilegales e irracionales de los
regulatoria, lo que vulnera los principios                                                procesos administrativos.
de legalidad, necesidad, efectividad         Finalmente, esa bendita obsesión
y proporcionalidad. Existen requisitos       por el despacho anticipado nos deja          Estas son algunas piezas del
que no están en la ley, que son              la sensación que aduanas solo mide           rompecabezas regulatorio aduanero
desproporcionados o discriminatorios         su calidad por lo que pase en control        que se está armando, que finalmente
(por ejemplo, exigir un sistema de control   concurrente. ¿Una aduana moderna             siguen siendo parches y no modelos
intrusivo). Así, muchas de las exigencias    no debe también medirse por lo que           jurídicamente sostenibles a largo plazo.
planteadas en el PRLGA pueden ser            hace en control ex post, es decir, en
consideradas barreras burocráticas o         sus fiscalizaciones?                         1 Publicada el 16 de setiembre de 2018.
comerciales no arancelarias.
                                             CONFUSIÓN EN EL SISTEMA                      2 Actualmente, existe una denuncia de acción de
Lo más crítico viene en el sistema           DE SANCIONES ADUANERAS                       incumplimiento en el marco de la CAN ante el Tribunal
de categorización aduanera, en el            Se confirma que se mantiene el criterio      de Justicia Andino por la incongruencia de la legislación
cual el Estado decide quién o no             objetivo de atribución de responsabilidad    aduanera peruana frente a la Decisión 671. Esta denuncia,
                                                                                          realizada por la Asociación de Almacenes ante el Gobierno
                                                                                          del Perú, está en curso.
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