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expuesto por el Tribunal Fiscal en la
Resolución 01801-1-2017:

“Que no obstante, conforme con el            solicitud de Drawback presentada ante        los usuarios del régimen de drawback
criterio establecido por este Tribunal       la Aduana.”                                  tendría que verse afectada por la aplicación
en las Resoluciones 05545-4-2016,                                                         del GIRE (gastos inherentes a rentas
18624-9-2011 y 03170-1-2006, entre           Entonces, ¿podría tratarse el caso           gravadas, exoneradas e inafectas).
otras, cuando la norma que regula el         del drawback como un supuesto más
drawback alude al término “restitución”      de polisemia? Creemos que no, sino           Por lo expuesto, somos de la opinión
no se refiere en estricto a la “devolución”  que se trata de una interpretación           que no se puede mantener esta
o “reembolso” de impuestos pagados           divergente de una misma institución          dualidad de criterios y es necesario que
con anterioridad, por cuanto el monto        del derecho aduanero (en tanto               el Tribunal Fiscal defina claramente la
a “restituir” parte de una base distinta     régimen aduanero), lo cual constituye        naturaleza del drawback para dotar de
a la utilizada en la determinación del       una peligrosa dualidad de criterio.          seguridad jurídica a los operadores
impuesto aduanero, vale decir, el                                                         de comercio exterior y no afectar sus
5% del valor FOB de la exportación           Debemos señalar que es necesario             derechos.
(hasta el límite que señala la normativa     que el concepto sea claro y unívoco
aplicable), por lo que el monto recibido     teniendo en cuenta todos los aspectos        Finalmente, al definir la naturaleza
por el exportador no corresponde al          relacionados a la institución del drawback,  del régimen aduanero de drawback,
ad valorem pagado en la importación,         ya que los efectos de considerar que se      creemos que difícilmente se podrá
sino a un porcentaje del valor FOB de        trata de una devolución de impuestos         interpretar que se trata de una
la exportación, con lo cual, en rigor,       o no tiene una relevancia gravitante         devolución de impuestos en tanto la
no califica como una restitución o           para los contribuyentes operadores de        forma de determinación del beneficio
devolución de impuestos.”                    comercio exterior, pensando en solo          asociado tenga como punto de partida
                                             algunos de ellos:                            una base de cálculo (% del valor FOB
Por su parte, la Sala de Aduanas del                                                      de exportación) diametralmente distinta
Tribunal Fiscal ha opinado que el            - Si se definiera que el drawback no es      a los tributos efectivamente pagados, la
drawback (como beneficio) consiste en        una devolución de impuestos (siguiendo       base imponible e, incluso, la tasa para
obtener la devolución de los derechos        el criterio de la sala de tributos internos  determinarlos.
ad valorem pagados en la importación.        del Tribunal Fiscal), los supuestos
A manera de ejemplo, citamos lo              de interrupción y suspensión de la           1 La palabra polisemia está compuesta por el prefijo poli-, que
señalado literalmente por la Sala de         prescripción contenidos en el Código         indica “muchos” y por sema, que deriva del griego y se refiere
Aduanas en la Resolución del Tribunal        Tributario no resultarían de aplicación      a “significado”. De ahí que la palabra polisemia se emplee para
Fiscal 9066-A-2017:                          por expresa definición de las normas         designar a las palabras que poseen más de un significado.
                                             contenidas en dicho código3.
“Que al respecto debe indicarse que                                                       2 Apesar de los riesgos que este diferenciado tratamiento supone.
el supuesto de hecho que otorga              - Por el contrario, si se definiera que
el derecho a la Aduana a exigir la           el drawback sí es una devolución             3 Aunque en estricto no resultan de aplicación, puesto que la
devolución de derechos ad valorem            de impuestos, los efectos sobre la           Ley General de Aduanas regula la prescripción de la acción
materializada mediante la Restitución        determinación del impuesto a la renta de     de la Administración para “requerir lo devuelto indebidamente”
de Derechos Arancelarios, es la                                                           y el código tributario regula la interrupción/suspensión de
Nota de Crédito o Cheque, asimismo                                                        la facultad de la Administración Tributaria para “determinar
debe indicarse que en el régimen de                                                       la obligación Tributaria”, “cobrar la obligación tributaria”,
Restitución de Derechos Arancelarios                                                      “determinar infracciones y aplicar sanciones” y “devolver lo
Drawback el beneficio consiste en                                                         pagado indebidamente” (ninguna de ellas se aplica a requerir
obtener la devolución de los derechos ad                                                  lo devuelto indebidamente).
valorem a la importación de los insumos
que intervinieron en la elaboración de
los productos exportados, lo cual se
materializa con la entrega de la Nota de
Crédito o Cheque correspondiente a la
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